Desde San Sebastián Shops os informamos de una línea de ayuda que ha publicado Lanbide-Servicio Vasco de Empleo; el programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas» en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation UE.
El objetivo de la convocatoria es el mantenimiento del empleo en microempresas y personas trabajadoras autónomas, contribuyendo a su transición ecológica y digital en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
BENEFICIARIOS
Tendrá la consideración de persona beneficiaria quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Ser microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (empresarios/as individuales), que desarrollen su actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados y un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.
- Haber realizado y pagado inversiones para su transición ecológica o digital, en el periodo comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención (el último día para realizar la solicitud es el 30 de mayo de 2023).
- Mantener en el empleo a las personas trabajadoras por cuenta ajena (si la hubiera), mantener su actividad y/o socios durante un periodo de 6 meses desde la resolución de la concesión de la subvención.*
*No se considerará incumplido el mantenimiento en el empleo si se extinguiera alguna de las relaciones laborales por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador, y en el caso de contratos temporales, incluidos los formativos, cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto, y en el caso concreto de los fijos discontinuos cuando finalice o se interrumpa el periodo estacional de la actividad.
¿QUÉ INVERSIONES SON ADMITIDAS?
En el caso de las inversiones para la transición ecológica:
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
- Instalaciones de energías no contaminantes y renovables.
- Equipamiento energéticamente eficiente destinado a la actividad, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A+++, A++ y A+, o equivalentes).
- Equipos de climatización, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética (A+++, A++ y A+, o equivalentes).
- Certificaciones medioambientales (EMAS, ISO14001, ISO 14006, UNE 150301, etiquetado verde, etc., comprendiendo aquí la inversión de la implantación acometida.
- Elementos de transporte eléctricos o híbridos enchufables afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional; puntos de recarga eléctrica.
- Soluciones de economía circular para avanzar en la sostenibilidad de la empresa: soluciones que reduzcan consumos, en general y de materia prima y energía, en particular; que reduzcan la generación de residuos; que incrementen la reutilización; que mejoren la eficiencia de uso del agua o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero. Soluciones que posibiliten un diseño del producto y proceso embalaje alternativo que elimine o reduzca la generación de residuos.
- Implantación de proyectos de restauración de la biodiversidad, relacionados con la actividad económica.
En el caso de inversiones para la transición digital:
- Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software.
- Inversiones de despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica.
- Implantación de soluciones tecnológicas para avanzar en la digitalización de la empresa: almacenamiento en la nube, cobro y pago seguro, gestión integral del negocio (clientes, proveedores, etc.), soluciones avanzadas basadas en procesos de Big Data, soluciones tecnológicas de experiencia del cliente (realidad aumentada, realidad virtual, realidad inmersiva, etc.), soluciones de facturación electrónica (incluido el software de facturación para el sistema TicketBAI-TBAI), gestión de servicios al cliente, terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, etc.
- Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares).
Las inversiones realizadas deberán tener un importe mínimo de 600 euros, IVA excluido, en una de las dos líneas.
CUANTÍA DE LA AYUDA
La cuantía de la ayuda asciende a 5.000 euros por microempresa o persona autónoma empresaria individual beneficiaria.
PLAZO SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes será desde el próximo 14 de febrero de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023, o hasta agotar los recursos económicos destinados a esta convocatoria.
Para más aclaraciones, consultas o ayudas con la tramitación, poneros en contacto con nosotros (943090938).