Desde San Sebastián Shops te informamos de la ayuda publicada por el Departamento de Comercio del Gobierno Vasco para la modernización de establecimientos comerciales (MEC 2024) para impulsar la modernización de los establecimientos comerciales y determinados servicios de la CAPV a través de la innovación; instauración de procesos con base tecnológica y eco-eficientes; mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamientos relacionados con la actividad comercial o de determinados servicios como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
4.000.000€.
BENEFICIARIOS
Podrán acceder a las ayudas, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas y, las micro, pequeñas y medianas empresas, cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocios, sea comercial o servicios relacionados con la actividad comercial, y que realicen su actividad en establecimientos comerciales y determinados servicios ubicados en la Comunidad Autónoma Vasca y estén encuadrados en alguno de los siguientes epígrafes de IAE: 641, 642, 643, 644, 645, 646.1, 646.2, 646.3, 646.4, 646.6, 646.7, 646.8, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.2, 654.5, 654.6, 656, 657, 659, 662, 691.1, 691.9, 971, 972, 973.1, 973.3, 975.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Línea a) Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial: reformas, obras, mobiliario, rotulación exterior, maquinaria vinculada con la actividad principal, medidas de ahorro energético, luminarias, alarmas, equipos de climatización, proyectos de obra, etc.
Línea b) Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.), terminales punto de venta, balanzas, cajas registradoras, software facturación TicketBAI, etc.
IMPORTE SUBVENCIÓN
En ningún caso el importe máximo de subvención sobrepasará los 10.000 euros por establecimiento y año.
El porcentaje subvencionable será del 40% del coste de inversión, pudiendo incrementarse en determinadas circunstancias (ver NORMATIVA), pero en ningún caso será superior al 52%.
Las inversiones mínimas serán de:
- 3.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en la Línea a).
- 1.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en la Línea b).
No serán subvencionables en ningún caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), ni las facturas en las que la descripción de los activos subvencionables no esté claramente identificada, no admitiéndose conceptos codificados, y cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o inferior a 100 euros.
PERIODO SUBVENCIONABLE
Serán subvencionables las inversiones que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
PLAZO SOLICITUD
Del 24 de abril al 30 de septiembre o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
Si estas interesado en la tramitación, te ayudamos, o para más aclaraciones o consultas, ponte en contacto con nosotros (943090938).