Desde San Sebastián Shops te informamos de la nueva convocatoria del programa de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras para el ejercicio de 2025 promovidas desde Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
Hay 3 líneas subvencionables:
1.-AYUDAS AL DESARROLLO DE UNA «IDEA EMPRESARIAL» DIRIGIDAS A IMPULSAR SU PUESTA EN MARCHA EN EL MARCO DE PROYECTOS LOCALES DE EMPRENDIMIENTO.: Ayudas a las personas potencialmente emprendedoras para su dedicación en exclusiva a la generación, análisis y estructuración de una idea empresarial en el marco de proyectos locales de emprendizaje.
Actuaciones subvencionables:
El análisis y desarrollo de una idea de negocio, en cualquier rama de actividad, así como el desarrollo de las actuaciones necesarias para la puesta en marcha del proyecto de empresa o negocio, en régimen de dedicación exclusiva (no trabaje más del 30 % de la jornada o más de 27 días a jornada completa durante todo el periodo subvencionado) por parte de las personas promotoras. Tendrán una duración mínima de tres meses y un máximo de cinco meses.
Requisitos:
- Estar empadronada, tener residencia efectiva en la CAPV y ser mayor de edad.
- Ser mayores de edad y estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo el día anterior a la fecha de alta en el IAE.
- No haberse encontrado de alta en el IAE, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año anterior al inicio del proceso de acompañamiento.
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad, así como disponer de un plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio, el cual será validado en la fase de acompañamiento por la entidad colaboradora correspondiente.
- Estar incluidas en un proceso de asesoramiento y apoyo al emprendimiento por la entidad colaboradora correspondiente.
- No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.
Será obligatorio asistir a todas las actuaciones de asesoramiento y apoyo para la generación y desarrollo de la idea empresarial, definidas por las entidades colaboradoras participantes en la gestión de esta convocatoria.
Cuantía de la ayuda:
- La ayuda a conceder a las personas promotoras para el desarrollo de su idea empresarial es de 2.000 euros.
2.-AYUDAS ECONOMICAS A LAS PERSONAS QUE INICIAN UNA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y REQUIEREN UN APOYO PARA EL «ESTABLECIMIENTO DEL PROYECTO»: Ayudas a las personas que inician una actividad empresarial y requieren un apoyo económico para el establecimiento de la misma.
Actuaciones subvencionables:
a) Construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales.
b) Maquinaria.
c) Instalaciones.
d) Utillaje.
e) Mobiliario.
f) Equipos para procesos de información.
g) Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional.
h) Contratos de franquicia.
i) Aplicaciones informáticas.
j) Fondo de comercio.
k) Derechos de traspaso.
Estas inversiones deberán de tener un coste mínimo de 5.000€ (IVA excluido) y deberán de ser desde el 1 de enero de 2025 hasta la realización de la solicitud.
Requisitos:
- Estar empadronada, tener residencia efectiva en la CAPV y ser mayor de edad.
- Haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo el día anterior a la fecha de alta en el IAE.
- Haberse dado de alta en el IAE y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquel que, como trabajador por cuenta propia, en su caso, corresponda, de la Seguridad Social o en Mutualidad profesional obligatoria, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención, como tarde el 31 de octubre de 2025.
- Estar domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
- No haber realizado la misma actividad como trabajador por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.
- Será de 3.500 euros por cada persona beneficiaria.
a) Cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda, de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias.
b) Gastos de comunicación ligados al proyecto: campañas de publicidad y merchandising, rotulación de establecimientos y vehículos, iluminación en rótulos y diseño.
c) Diseño de páginas web y cuotas de mantenimiento de páginas web y redes sociales, banner publicitario en página web de otra empresa, gastos relativos a la incorporación de plugins en la web, dominio de página web y correo electrónico, así como el coste de los servicios de promoción en Facebook.
d) Asesoramiento (fiscal, laboral, contable, jurídico, administrativo o de gestión del negocio relativo a la teneduría de libros y obligaciones fiscales y contables cotidianas, sobre riesgos laborales, para cambios y mejoras del escaparate) y gastos de coaching.
e) Cursos de formación realizados por la persona emprendedora directamente relacionados con la puesta en marcha y funcionamiento de la empresa y que se inicien dentro del periodo subvencionado.
f) Arrendamiento de locales de negocio o lugares en donde se desarrolle la actividad siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar o espacio compartido con otra empresa y no exista relación de parentesco.Requisitos:
- Estar empadronada, tener residencia efectiva en la CAPV y ser mayor de edad.
- Haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo el día anterior a la fecha de alta en el IAE.
- Haberse dado de alta en el IAE y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquel que, como trabajador por cuenta propia, en su caso, corresponda, de la Seguridad Social o en Mutualidad profesional obligatoria, en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y la fecha de solicitud de la subvención, como tarde el 31 de octubre de 2025.
- Estar domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
- No haber realizado la misma actividad como trabajador por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- No haber sido beneficiaria de esta misma línea de ayudas en las convocatorias anteriores.
- Será de 2.500 euros por cada persona beneficiaria.