Desde San Sebastián Shops te informamos de la ayuda publicada por el Departamento de Comercio del Gobierno Vasco para la Modernización de Establecimientos Comerciales (MEC 2025) para impulsar la modernización y mejorar la eficiencia en el consumo energético en los establecimientos comerciales y de determinados servicios relacionados con la actividad comercial de la CAPV y mejora de sus instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamientos.
BENEFICIARIOS
Podrán acceder a las ayudas, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, las sociedades civiles y comunidades de bienes, las micro y pequeñas empresas que desarrollen su actividad principal en establecimientos físicos, situados a pie de calle, abiertos al público y en estado operativo, ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se encuadren en alguno de los siguientes epígrafes de IAE: 641, 642, 643, 644, 645, 646.1, 646.2, 646.3, 646.4, 646.6, 646.7, 646.8, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.2, 654.5, 654.6, 656, 657, 659, 662, 691.1, 691.9, 971, 972, 973.1, 973.3, 975.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Línea a) Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial: Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento; implantación de medidas de ahorro o eficiencia energética; adquisición e instalación de la rotulación exterior; adquisición, instalación, montaje de mobiliario y maquinaria vinculada con la actividad principal; alarmas y sistemas de seguridad; equipos de climatización del local; gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra, etc.
Línea b) Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión; creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.); terminales punto de venta; balanzas electrónicas; cajas registradoras; software facturación TicketBAI, etc.
IMPORTE SUBVENCIÓN
En ningún caso el importe máximo de subvención sobrepasará los 10.000 euros por establecimiento y año.
El porcentaje subvencionable será del 40% del coste de inversión, pudiendo incrementarse en determinadas circunstancias (ver NORMATIVA), pero en ningún caso será superior al 52%. Por ejemplo, si se está asociado a alguna agrupación de comercio a la fecha de solicitud (aumentará 1 punto) o si el establecimiento objeto de la ayuda tiene una antigüedad de más de 10 años (aumentará 1 punto).
Las inversiones mínimas serán de:
- 3.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en la Línea a).
- 1.000 euros (IVA excluido) para las inversiones recogidas en la Línea b).
No serán subvencionables en ningún caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), ni las facturas en las que la descripción de los activos subvencionables no esté claramente identificada, no admitiéndose conceptos codificados, y cuyo importe, excluido el IVA, sea igual o inferior a 100 euros.
PERIODO SUBVENCIONABLE
Serán subvencionables las inversiones que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
PLAZO SOLICITUD
Del 8 de mayo al 30 de septiembre o, en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
Si estás interesado en la tramitación, te ayudamos de manera gratuita, o para más aclaraciones o consultas, ponte en contacto con nosotros (943090938) o info@sansebastianshops.com.