Desde San Sebastián Shops te informamos de que el Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ha puesto en marcha una ayuda destinada a promover la creación, la producción y la distribución artesanal en Gipuzkoa.
OBJETO
Regular la concesión de subvenciones del Programa de fomento del sector artesanal para mejorar su competitividad y fortalecer su comercialización y su valorización social.
BENEFICIARIOS
— Las empresas artesanas en su doble vertiente de empresa individual y empresa societaria e inscritas en el Registro General de Artesanía de Gipuzkoa (Sección Primera) a fecha de la resolución de la convocatoria de ayudas del Programa de fomento del sector artesanal de Gipuzkoa.
—Las empresas artesanales deberán contar con un número de personas no familiares empleadas con carácter permanente que no exceda de diez, excepción hecha del personal aprendiz.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
a) Inversiones en maquinaria, utillaje, equipamiento informático y software vinculado al ejercicio de la actividad artesana.
b) Actividades de aprendizaje que repercutan directamente en la mejora de la actividad artesanal de la empresa y su personal.
c) Las cuotas relativas al pago de la cotización a la Seguridad Social.
d) Asesoramiento externo como apoyo en la mejora de la gestión del taller.
e) Participación en ferias.
f) El arrendamiento de local de negocio, siempre y cuando no sea parte de la vivienda de la persona solicitante o espacio compartido con otra empresa y no exista relación de parentesco hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socia/o o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a. Asimismo, se excluyen los espacios de coworking.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
a) Apoyo a la inversión en maquinaria, utillaje, equipamiento informático y software vinculado al ejercicio de la actividad artesana: hasta un 50% del coste total subvencionable, con un máximo de 2.500 euros por taller artesanal.
No serán subvencionables:
— Los gastos de materiales fungibles o consumibles.
— El mobiliario.
— Las cámaras fotográficas y los aparatos de telefonía móvil.
b) Cursos de formación que repercutan directamente en la mejora de la actividad artesanal de la empresa y su personal: hasta el 90% del coste total subvencionable, con un máximo de 1.200 euros por taller artesanal.
Será subvencionable el coste de la matrícula del curso.
No serán subvencionables los cursos de idiomas.
c) Las cuotas relativas al pago de la cotización a la Seguridad Social: hasta el 75% del coste total subvencionable, con un máximo de 1.500 euros por taller artesanal.
d) Asesoramiento externo como apoyo en la mejora de la gestión del taller: asesoría contable, fiscal y laboral; comercialización, marketing y comunicación: posicionamiento en internet; redes sociales…
Hasta el 50% del coste total subvencionable, con un máximo de 1.000 euros por taller artesanal.
e) Participación en ferias:
— En el caso de asistencia a ferias fuera del Territorio de Gipuzkoa, la ayuda alcanzará el 70% del coste total subvencionable, con un límite de 2.000 euros por feria. Se considerará como coste subvencionable las facturas correspondientes al alquiler del suelo y stand emitidos por la entidad organizadora de la misma.
— En el caso de asistencia a ferias en Gipuzkoa, se financiará hasta el 70% de la inscripción en la feria, hasta un máximo de 1.700 euros por feria.
f) El arrendamiento de local de negocio: hasta el 50% del coste total subvencionable, con un máximo de 800 euros por taller artesanal.
No se subvencionarán facturas con base imponible inferior a 100€
COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Es compatible con otras ayudas siempre y cuando no exista sobrefinanciación.
PLAZO SOLICITUD
Desde el 9 de abril de 2025 hasta el 8 de mayo de 2025 a las 13:00 horas. Las actuaciones objeto de subvención deben haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2025 y concluirse para el 28 de febrero de 2026.