Desde San Sebastián Shops te informamos de la ayuda publicada por la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas extraordinarias a los sectores de la cadena alimentaria altamente afectados por el contexto económico derivado de la invasión de Ucrania en lo que se refiere al incremento de costes energéticos y en los precios de materia prima que se produjeron en 2022.
En el marco de la ayuda están recogidos los sectores del Pan y las Pastelerías.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
- En el caso de las empresas de obradores de pan y pastelerías:
- Tener actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en territorio nacional a través de un establecimiento permanente.
- Estar dada de alta en 2022 en ciertos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 419.1, 419.2, 421.1 o 421.2.
- Contar con un obrador de producción industrial de pan o pastelería o un obrador artesanal de panadería y/o pastelería.
- En el caso de obradores artesanales, de panadería o de pastelería:
- Tener su sede social y domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Que la empresa solicitante estuviera dada de alta en 2022 en, al menos, uno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 644.1, 644.2, 644.3 o 644.5.
- Que dispusiera en 2022 de una potencia eléctrica contratada de 3.0TD o superior, o en suministro de gas RLT.3 o superior.
- Que disponga de un obrador artesanal de panadería y/o de pastelería dispuesto de manera anexa y separada al punto de venta.
- En el caso de comercio minorista de pan y puntos de venta de pan:
- Tener actividad en el País Vasco o territorio nacional a través de un establecimiento permanente.
- Estar dada de alta en 2022 en ciertos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas. (644.1, 644.2, 644.3 o 644.5)
- Contar con una potencia eléctrica contratada de 3.0TD o superior o suministro de gas RLT.3 o superior.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN:
1.-En el caso de obradores de pan y pastelerías, así como obradores artesanales de panadería o de pastelería (beneficiarios 1 y 2):
La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el número de personas trabajadoras a dedicación completa en el obrador de pan/pastelería por cuenta ajena a fecha de 31 de diciembre de 2022, más uno, por un importe unitario de ayuda por persona establecido en 3.000 euros.
2.-En el caso de comercio minorista de pan y puntos de venta de pan:
La cuantía total de la ayuda por establecimiento comercial queda fijada en 3.000 euros.
En ningún caso, el importe máximo de la ayuda por persona beneficiaria superará el límite 400.000€.
PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo de presentación de las solicitudes será del 7 de septiembre de 2023 al 6 de octubre de 2023.