Os informamos que Fomento San Sebastián ha publicado una nueva ayuda para apoyar la creación de nuevas empresas.
Personas beneficiarias.
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, que hayan iniciado su actividad a lo largo del año 2023, que tengan domicilio fiscal de la actividad y centro de trabajo en San Sebastián y hayan generado empleo o autoempleo. No pueden recibir la ayuda nuevas empresas surgidas a partir del mero cambio de la forma jurídica de una empresa anterior.
Previamente a la constitución de la empresa por la que se opta a la ayuda alguna socia o socio ha tenido que completar las sesiones de formación que Fomento de San Sebastián ofrece periódicamente o disponga de un plan de empresa.
Cuantía.
El importe máximo de la ayuda será:
—10.000 € euros para las nuevas empresas con local comercial a pie de calle.
—5.100 € euros para las nuevas empresas sin local comercial a pie de calle.
Gastos subvencionables.
Serán subvencionables los gastos necesarios para la puesta en marcha de la empresa, y que se realicen en el periodo comprendido entre 2 meses antes del alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), hasta 12 meses posteriores al alta.
En caso de gastos vinculados a las reformas de locales comerciales a pie de calles estos podrán ser anteriores a los 2 meses marcados antes del alta, pero requerirán la validación por Fomento de San Sebastián.
Plazo y forma de presentación.
Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus) y podrán presentarse desde el 5 de septiembre.
Para las empresas cuya alta en el IAE (o declaración censal cuando corresponda) hubiera sido anterior a la publicación del anuncio de las bases el plazo será hasta el 5 noviembre
Para las empresas cuya alta coincida con la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa o fecha posterior, el plazo será de 2 meses desde el alta en el IAE. El último día para presentar solicitudes es el 31 de diciembre de 2023.
Compatibilidad con otras ayudas.
Es compatible con otras ayudas siempre y cuando no exista sobrefinanciación.